CIRCUTOR nos informa sobre la aprobación de la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados, que entrará en vigor el 1 de noviembre de 2020. Se trata de un nuevo escenario en el ámbito de la compensación de energía reactiva.
Así, se penalizará por exceso de inyección de energía capacitiva a la red (sobrecompensación) en todo el periodo tarifario 6 y para todos los consumidores conectados a una tensión superior de 1 kV, es decir, los que disponen de un transformador de potencia propio.
Esta penalización se aplicará de forma horaria a todos los excesos de capacitiva que superen el límite de un cos phi de 0,98 capacitivo. Expresado en porcentaje, significa que de manera horaria el consumo de kvarC.h debe ser inferior al 20 % del consumo de kW.h, aplicándose a los excesos un cargo de 0,05 €/kvarC.h, equivalentes a los actualmente impuestos sobre los excesos de energía reactiva inductiva.
El periodo 6 corresponde siempre es de lunes a viernes, entre las 0 h-8 h, y las 24 horas de sábados, domingos y festivos de ámbito nacional. Esto se corresponde con casi un 51 % del total de horas del año.
Normalmente, durante esa franja existirá un consumo menor de energía activa con respecto al resto de periodos, por tanto, las posibilidades de excederse en el consumo de kvarC.h permitido son bastante elevadas. Así, será imprescindible contar con una compensación de energía reactiva más eficiente y precisa, siendo 100% necesario realizar la medida de corriente en las 3 fases de la instalación.
CIRCUTOR ha diseñado un nueva batería de condensadores que midiendo sobre las 3 fases, al igual que lo hace el contador de compañía, se adapta a los diferentes cosenos de fi objetivo requeridos en cada periodo tarifario, garantizando el no incurrir en penalizaciones, pero manteniendo la máxima eficiencia del sistema eléctrico. Es la solución perfecta tanto para los nuevos equipos de compensación de reactiva, como para su adaptación a baterías de condensadores ya operativas..
Nos proponen el siguiente ejemplo para cuantificar el impacto que puede entrañar esta penalización: en una instalación con un transformador de 630 kVA, un exceso promedio de tan sólo 30 kvarC.h, supondría una penalización de 552 € para el total de las aproximadamente 368 h mensuales que comprende el periodo 6, por tanto, alrededor de 6600 € al año.