El Gobierno de Aragón ha sido la última Comunidad Autónoma en favorecerse de la implantación del autoconsumo por medio de la sustitución de la licencia municipal de obras por una declaración responsable con autoliquidación para las instalaciones de autoconsumo sobre cubierta, edificaciones y pérgolas de aparcamiento, sin limitación de potencia.
A la vez que ha suprimido la autorización administrativa previa para las instalaciones de autoconsumo sin excedentes, al considerar que no puede tener el mismo trato regulatorio, una gran instalación de generación, que una gran instalación de autoconsumo que no hace uso de la red de distribución eléctrica.
Así, Aragón pasa a formar parte del grupo de Comunidades Autónomas que han eliminado esta barrera para el desarrollo del autoconsumo fotovoltaico.
Actualmente, a relación de comunidades con exención en la tramitación de la licencia de obras para las instalaciones de autoconsumo son:
Illes Balears (Ley 7/2013), Extremadura (Ley 11/2018), Cataluña (Decreto Ley 16/2019) y Galicia (Instrucción 3/2018, Xunta de Galicia), Castilla y León (DL 4/2020, BOE), Andalucía (Decreto-ley 2/2020), Valencia (DL 14/2020), Islas Canarias (DL 15/2020, Sede Gobierno Canarias), Castilla-La Mancha (Ley 1/2021).
Suprimir estas barreras administrativas es básico para que el autoconsumo contribuya, junto a las plantas fotovoltaicas en suelo, al desempeño del propósito marcado por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y para que haya una recuperación más rápida y una menor destrucción de empleo.